Corte Suprema examinará jurisprudencia de descuento de pena en casos de extorsión (10:00 a.m.)
12 de Marzo de 2013
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Nota:
87522
La Corte Suprema de Justicia admitió la necesidad de examinar la jurisprudencia existente frente a la rebaja de penas por extorsión cuando ella es producto de la reparación integral a la víctima. Para la Sala Penal, es necesario ratificar, ampliar o precisar la posición de esa corporación frente al tema, teniendo en cuenta las limitaciones legales que para la procedencia del beneficio se han originado. Recientemente, el alto tribunal resolvió no volver a aplicar el aumento de penas que para delitos como el referido estableció el artículo 14 de la Ley 890 del 2009, debido a que el artículo 26 de la Ley 1121 del 2006 prohibió otorgar rebajas de pena frente a la comisión del delito de extorsión y otros de frecuente ocurrencia con ocasión de la pertenencia a grupos armados al margen de la ley. Con estos argumentos, la Corte admitió la demanda de casación sobre la condena de hombre sentenciado por extorsión (M. P. Gustavo Enrique Malo Fernández).
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