Corte declara exequible la exigencia de nacionalidad colombiana a quienes conforman empresas de vigilancia y seguridad privada (10:18 a.m.)
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08 de Marzo de 2011
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La Corte Constitucional declaró exequibles varias expresiones contenidas en los artículos 12 y 47 del Decreto Ley 356 de 1994, en las que se exige nacionalidad colombiana y el carácter de personas naturales a los socios de las empresas de vigilancia y seguridad privada. A juicio del alto tribunal, este límite a los derechos de los extranjeros se encuentra justificado desde el punto de vista constitucional, por cuanto exige fines admisibles y para alcanzarlos utiliza medios razonables y proporcionados. Además, el legislador está autorizado para limitar los derechos de los extranjeros. De igual forma, encontró justificada la exigencia de la condición de persona natural para estimular el desarrollo del sector empresarial nacional. El magistrado Humberto Sierra salvó su voto y Luis Ernesto Vargas manifestó su salvamento parcial (M.P. Jorge Iván Palacio Palacio).
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