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Corte Constitucional respaldó las modificaciones hechas a las medidas adoptadas dentro de la emergencia económica en municipios fronterizos con Venezuela (4:25 p.m.)

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04 de Enero de 2011

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La Corte Constitucional determinó que la adición y modificación de las medidas de excepción adoptadas en desarrollo del estado de emergencia social, declarado por la ruptura de relaciones diplomáticas entre Venezuela y Colombia (Decreto 2693/10), cumplen con los requisitos de conexidad, necesidad y proporcionalidad de las medidas de excepción. Por tal razón, declaró exequibles los decretos 2799 y 3148 del 2010, que adicionaron y modificaron las medidas adoptadas para conjurar la crisis en la frontera con Venezuela. La sala encontró que los cambios no afectaron derechos fundamentales u otros principios constitucionales, de forma que resultan proporcionados (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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