Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Corte Constitucional reiteró las circunstancias en las cuales una persona puede solicitar la protección del Estado por amenazas contra su seguridad personal (1:42 p.m.)

Openx [71](300x120)

71849

15 de Febrero de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Constitucional reiteró que para obtener protección estatal por amenaza del derecho a la seguridad personal es necesario acreditar que el origen de la amenaza es la violencia armada organizada y la relación causal con el ejercicio de la función de quien la solicita. Añadió que debe existir un riesgo individual, concreto, importante y desproporcionado. Por tal razón, revocó un fallo del Tribunal Superior de Bogotá y amparó los derechos fundamentales a la vida, intimidad, igualdad, protección de la familia, debido proceso y trabajo de una persona que se desempeña como director de una fundación que presta asistencia psicológica, jurídica, espiritual y de derechos humanos a las víctimas del conflicto armado y de crímenes de Estado. Según se demostró, el tutelante ha recibido amenazas de grupos paramilitares en razón a su labor, por lo que la sala ordenó adoptar medidas de protección (M. P. Luis Ernesto Vargas).

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)