Control del transporte informal es una obligación de medio (10:31 a.m.)
30 de Mayo de 2012
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Nota:
81398
En cuanto a la responsabilidad del Estado por omisión, la Sección Tercera del Consejo de Estado reiteró que el control del transporte informal es una obligación de medio y no supone la garantía de un resultado, debido a la magnitud del problema. Sin embargo, la obligación de medio genera el deber de la administración de atenuar y solucionar esa situación, pues de lo contrario existe responsabilidad patrimonial de su parte, aclaró el alto tribunal (C.P. Ruth Stella Correa).
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