Contribuyentes del impuesto de renta podrán deducir las donaciones a la red nacional de bibliotecas públicas (10:03 a.m.)
19 de Enero de 2010
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Nota:
64131
Las personas jurídicas obligadas al pago del impuesto sobre la renta por el desarrollo de cualquier actividad y que realicen donaciones de dinero para la construcción, dotación o mantenimiento de bibliotecas de la red nacional de bibliotecas públicas y de la Biblioteca Nacional tendrán derecho a deducir el 100% de ese monto, para el cálculo del impuesto correspondiente del periodo gravable de la donación. Así lo dispuso la Ley 1379 del 2010, que define la política de dicha red y reglamenta su funcionamiento. La norma también ordena a las entidades territoriales crear la “biblioteca pública”, como una dependencia de su organización o asignándole las funciones respectivas a una dependencia ya existente, mediante ordenanza de la asamblea departamental o acuerdo del concejo municipal.
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