Contratistas en una ESE no pueden ser parte de la junta directiva de la entidad ni participar en la elección de los miembros de la misma (10:46 a.m.)
18 de Enero de 2011
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Nota:
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Una persona que es contratista en una empresa social del Estado (ESE) no puede formar parte de su junta directiva, ya que los miembros de esta junta tienen prohibido prestar sus servicios profesionales a la entidad en forma simultánea, o hasta tanto transcurra un año a partir de su retiro de la misma, señaló el Ministerio de la Protección Social. En el caso de la elección del primer representante del sector científico de una ESE ante la junta directiva se aplica la misma disposición, por lo que solo puede participar, eligiendo y siendo elegido, el personal científico de planta de la entidad.
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