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Revocan sanción a propietario de inmueble que hizo reformas estructurales sin aval

Los principios de economía y celeridad no pueden sobreponerse sobre garantías constitucionales.
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02 de Mayo de 2018

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El Consejo de Estado revocó una sanción de $ 9 millones que el Distrito Capital le impuso al propietario de una vivienda en el barrio Teusaquillo por adelantar reformas estructurales al inmueble sin contar con el visto bueno de la curaduría urbana. 

 

Según la corporación judicial, las autoridades violaron el derecho al debido proceso a este ciudadano, debido a que no le permitieron defenderse dentro del proceso administrativo

 

De acuerdo con los hechos, el demandante fue citado para ser escuchado el 12 de marzo del 2004, escenario donde se le garantizarían sus derechos constitucionales respecto de un primer informe. No obstante, la administración decidió cancelar dicha diligencia por considerarla innecesaria, toda vez que varios informes hacían referencia a los mismos hechos.

 

La mínima garantía que debía procurarse a favor del accionante era el ejercicio de sus derechos de defensa y contradicción, pues así no tuvo oportunidad de pronunciarse respecto a los dictámenes sobre su inmueble, indicó.

 

Así las cosas, los principios de economía y celeridad no pueden sobreponerse sobre garantías constitucionales, en especial al debido proceso, derecho que cobra especial relevancia en trámites judiciales como administrativos.

 

CE Sección Quinta, Sentencia 25000232400020060089401, Abr. 04/18.

 

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