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28 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 23 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


¿Por qué no aplica la edad de retiro forzoso para la junta directiva del Banco de la República?

05 de Octubre de 2020

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Con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el artículo primero de la Ley 1821 del 2016, en el entendido de que la edad máxima para el retiro forzoso del cargo público no se aplicará a los miembros de la junta directiva del Banco de la República. La decisión se tomó por unanimidad. 

 

Para la Corte, los dos primeros incisos del artículo 1º de la Ley 1826 desconocen los artículos 371, 372 y 373 de la Constitución Política, los cuales establecen la autonomía administrativa, patrimonial y técnica del Emisor. (Lea: Esto dice nueva demanda contra ley que aumentó edad de retiro forzoso).

 

"De esta manera coincide la alta corporación con que, efectivamente, el diseño institucional y, por consiguiente, la autonomía del Banco de la República se afecta como consecuencia de la obligación de retiro forzoso para los miembros de su junta directiva".

 

Así mismo, para el alto tribunal la excepción de los miembros de la junta directiva del Banco de la República de la edad de retiro forzoso responde a la voluntad del constituyente primario que incorporó en el ordenamiento constitucional colombiano la figura de banca central independiente de las ramas del poder público, con autonomía patrimonial, técnica y administrativa y un régimen legal propio.

 

En consecuencia, por tratarse de una norma de carácter general, se advirtió que tanto la violación directa de la Constitución como la configuración de una omisión legislativa relativa hacen que un tribunal constitucional deba subsanar con una sentencia aditiva.

 

La norma se condicionó en el entendido de que la regla general de edad de retiro forzoso para los funcionarios públicos no es aplicable a los miembros de la junta directiva del Banco de la República.

 

Así, se abre paso para el actual gerente del Banco de la República, Juan José Echavarría, la posibilidad de relección en este cargo.

 

Corte Constitucional, comunicado, Oct. 2/20.

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