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Indígenas tienen derecho a recuperar tierras perdidas por desplazamiento forzado
29 de Junio de 2011
Las comunidades indígenas que pierden la posesión ancestral de sus tierras por causa del desplazamiento forzado tienen derecho a recuperarlas, advirtió la Corte Constitucional.
Por esa razón, el Estado debe procurar la recuperación definitiva de estos territorios y, de no ser posible, iniciar los trámites y adoptar las medidas necesarias para que la comunidad obtenga tierras aptas que le permitan conservar sus tradiciones y desarrollar su proyecto de vida.
La Corte tuteló los derechos fundamentales a la vivienda digna, la diversidad e identidad étnica y la autonomía de las comunidades indígenas que se asentaron en el predio Alto Nápoles, ubicado en la comuna 18 de la ciudad de Cali, contra quienes se adelantaba un proceso de lanzamiento por ocupación.
El grupo, conformado por 120 familias pertenecientes a las etnias Nasa y Yanacona, llegó a Cali tras ser desplazado de sus tierras, ubicadas en el departamento del Cauca.
En el fallo, se ordenó la suspensión del lanzamiento y la notificación de la providencia al Ministerio del Interior y de Justicia, para que inicie un proceso de concertación con los indígenas sobre su albergue temporal o definitivo.
El alto tribunal recordó que el reconocimiento de los derechos fundamentales de estas comunidades y la calidad de sujetos de protección constitucional reforzada de la que gozan surgen de razones históricas, sociales y jurídicas que los han hecho vulnerables y de la situación que deben soportar por causa del conflicto armado interno.
Además, resaltó que a los pueblos indígenas se les reconoce la propiedad colectiva del territorio como derecho fundamental, en virtud del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
(C. Const., Sent. T-282, abr. 12/11, M. P. Luis Ernesto Vargas Silva)
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