Duque sanciona ley que permitirá tratamientos de infertilidad con recursos públicos
22 de Febrero de 2019
Después de superar su trámite en el Congreso y pasar la revisión de la Corte Constitucional, el Gobierno sancionó la ley que establece los lineamientos para el desarrollo de la política pública de prevención de la infertilidad y su tratamiento dentro de los parámetros de salud reproductiva.
La nueva disposición considera como infertilidad aquella enfermedad del sistema reproductivo que impide lograr un embarazo clínico después de 12 meses o más de relaciones sexuales no protegidas.
De esta manera, se entenderán como técnicas de reproducción humana asistida todos los tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación tanto de ovocitos como de espermatozoides o embriones humanos para el establecimiento de un embarazo.
El Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, adelantará esta nueva política con miras a garantizar el pleno ejercicio de las garantías sexuales y reproductivas y su protección a través del Sistema de Seguridad Social en Salud, en el término de seis meses. Los componentes de esta política serán investigativo, preventivo, educativo, diagnóstico y tratamiento oportuno y de adopción.
En un término no superior a un año, Minsalud reglamentará el acceso a los tratamientos de infertilidad mediante técnicas de reproducción humana asistida o terapias de reproducción asistida.
Congreso de la República, Ley 1953, Feb. 20/19.
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