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Conozca cuándo proceden efectos inter comunis en sentencias de la Corte Constitucional
04 de Mayo de 2016
Por lo general, las providencias emitidas por la Corte Constitucional al revisar fallos de tutela tienen efectos inter partes y solo afectan las situaciones particulares de los sujetos que intervienen en el proceso.
Sin embargo, se pueden determinar o modular los efectos de los fallos indicando en el caso específico la forma que mejor protege y garantiza la eficacia de los derechos fundamentales invocados.
Es por ello que el tribunal constitucional ha proferido múltiples sentencias con alcances superiores a los inter partes, llamadas inter comunis, para salvaguardar también los derechos de quienes no acudieron a este medio judicial.
Lo anterior siempre y cuando entre el tutelante y el no accionante se presenten condiciones comunes y se infrinjan los derechos fundamentales del segundo sujeto. (Lea: Desconocer efectos ‘inter comunis’ de fallos de tutela afecta la seguridad jurídica)
La Corte Constitucional concretó que los efectos inter comunis se presentan de manera excepcional, cuando se extiende el fallo de tutela a las personas que si bien no promovieron el amparo constitucional sí se ven afectadas por una situación de hecho o de derecho de una autoridad o de un particular, basado en la necesidad de brindar un trato igualitario y uniforme que asegure el goce efectivo de los derechos fundamentales (M. P.: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).
(Corte Constitucional, Sentencia T-149, Mar. 31/16)
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