Cobro por reconexión de servicios públicos no está prohibido legalmente (4:38 p.m.)
16 de Septiembre de 2016
Reproducir
Nota:
123538
Si bien hay dos proyectos de ley en curso que pretenden eliminar el cobro por reconexión a los servicios públicos domiciliarios, los proyectos 035/15C y 016/15S, estos deben terminar su trámite constitucional para que puedan ser considerados como parte del ordenamiento. Por lo tanto, precisó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el artículo 96 de la Ley 142 de 1994 está vigente y es el fundamento para que las empresas prestadoras cobren a los usuarios por las reconexiones o reinstalaciones a que haya lugar, siempre y cuando el servicio hubiere sido efectivamente suspendido o cortado por causas imputables al usuario y/o suscriptor.
Opina, Comenta