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Aprueban consumo de marihuana recreativa en Colorado (EE UU)

02 de Enero de 2014

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Los consumidores de marihuana en Colorado (EE UU) mayores de 21 años  podrán, desde este miércoles, consumirla legalmente con fines recreativos.

 

Así lo establece la Enmienda 64, aprobada por voto popular en noviembre de 2012, y que legalizó la posesión y uso de pequeñas cantidades de marihuana (hasta 28 gramos) para uso no médico, así como su producción y venta de acuerdo con el nuevo marco legal.

 

La norma, que entró en vigencia ayer, establece un impuesto del 25 % por la venta de esa sustancia y permite que cada persona cultive hasta seis plantas, con un límite de 12 plantas por familia. Sin embargo, prohíbe el consumo de marihuana en lugares públicos. 

 

Igualmente, establece que quienes usen marihuana con fines médicos deberán comprar un permiso anual y cumplir con las reglas en vigor desde el 2000. De esta manera, solo los dispensarios de marihuana medicinal podrán venderla y, a partir de 2016, se otorgarán licencias a cualquier centro o comercio que cumpla con los requisitos establecidos en la ley. 


En la actualidad, Colorado cuenta con unas 500 farmacias de marihuana médica, de las cuales 160 podrían convertirse en tiendas de marihuana recreativa, aunque se estima que por ahora solo unas pocas comenzarán a operar. 

 

En otras  ciudades del Estado, como Aspen, Aurora y Boulder, no se ha implementado la norma, que establece también restricciones a las personas sin licencia de conducir que quieran comprar marihuana. 

 

El consumo de marihuana con fines terapéuticos ya es legal y está reglamentado en 19 estados del país. Y, en la mayoría de estos, su consumo con fines recreativos no es considerado un delito.

 

Justamente, el martes pasado, el presidente de Uruguay, José Mujica, promulgó la ley que regula la producción, distribución y venta de marihuana en ese país.

 

La norma, que fue aprobada por el Congreso, el 10 de diciembre, les permitirá a los ciudadanos cultivar plantas de cannabis o comprar en farmacias hasta 40 gramos por mes, siempre y cuando estén registrados en una nómina gubernamental.

 

Una vez reglamentada la nueva disposición, el Estado uruguayo asumirá el control de la importación, producción y venta a través del Instituto de Regulación y Control de Cannabis (IRCCA)

 

Con información de La Nación y El Comercio

 

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