11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 minute | ISSN: 2805-6396

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Acompañamiento de perros de apoyo emocional es un tratamiento amparado por el derecho a la salud

11 de Julio de 2024

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Acompañamiento de perros de apoyo emocional es un tratamiento amparado por el derecho a la salud (Freepik)

La Corte Constitucional estudió una tutela presentada por una estudiante de pregrado que solicitó reactivar la entrada de su perro de apoyo emocional a la universidad en la que cursaba sus estudios, teniendo en cuenta que le fue prohibido el ingreso al animal a todos los espacios de la institución educativa, hasta que la accionante no presentara su historia clínica para soportar el proceso médico y la dependencia emocional respecto de su mascota, así como el carné de vacunación de esta.

Aunque se declaró carencia actual de objeto por daño consumado, se ordenó a la accionada presentar excusas privadas a la accionante y realizar jornadas de capacitación y sensibilización sobre salud mental, convivencia multiespecie y el rol de los perros de apoyo emocional en el tratamiento de enfermedades mentales, además de ajustar las condiciones para el ingreso de estos a sus instalaciones, de manera que se garantice el ejercicio de los derechos a la salud y a la educación de los estudiantes que requieran acompañamiento.

El alto tribunal reconoció que el acompañamiento por parte de perros de apoyo emocional constituye una forma de tratamiento sicológico amparado por el derecho a la salud, teniendo en cuenta que el vínculo de apego emocional entre el perro y su dueño promueve una sensación de bienestar, lo cual permite que estos sean empleados en el manejo de enfermedades mentales como la depresión y la ansiedad. Por lo tanto, las terapias e intervenciones con perros de apoyo emocional se vuelven un medio para el ejercicio de otros derechos, como la educación.

En ese sentido, las universidades deben tener en cuenta la efectiva garantía de los derechos de las personas que tienen afectaciones a la salud mental y requieren animales de apoyo. Así mismo, deben considerar sus necesidades y los derechos de las demás personas que estarán en interacción en esta comunicación multiespecie. Por lo que, ante conflictos por la presencia de los perros en ciertos espacios, la solución exige ponderación para armonizar los principios en tensión.

La sala encontró graves problemas de constitucionalidad en el contenido del protocolo para la entrada de perros de apoyo emocional de la accionada, como la exigencia de un certificado de médico especializado en siquiatría, así como la suscripción de una póliza de responsabilidad en beneficio de terceros, por lo que ordenó adoptarlo con enfoque diferencial con la finalidad de garantizar el efectivo acceso a los diferentes servicios académicos y administrativos para personas con afectaciones a la salud mental (M. P. Juan Carlos Cortés González).

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