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Consejo de Estado reiteró que subsidio de vivienda a la población desplazada no puede rechazarse por posesión de otro inmueble (4:59 p.m.)

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01 de Febrero de 2011

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El Consejo de Estado tuteló los derechos al debido proceso y a la vivienda digna de una persona desplazada a la que se le rechazó su solicitud de un subsidio de vivienda familiar porque era poseedora de un inmueble, situación supuestamente incompatible con lo previsto en el Decreto 2190 del 2009. La Sección Segunda reiteró que la norma mencionada anteriormente consagra que no pueden postularse para el mencionado subsidio las personas que sean propietarias de otra vivienda al momento de realizar la postulación, pero no hace referencia al poseedor (C. P. Gerardo Arenas Monsalve).

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