Consejo de Estado rechaza recusación que interpuso excontralor a magistrada de su caso
08 de Junio de 2023
El Consejo de Estado rechazó de plano, por extemporánea, la recusación formulada por Carlos Hernán Rodríguez Becerra contra la magistrada Rocío Araújo Oñate. Según se alegó por parte del abogado de Rodriguez, la magistrada había tenido una intervención importante en el proceso por haber sido ponente de una de las demandas que se formularon contra el entonces contralor, y porque su hermana, María Juliana Araújo Oñate, trabajaba en la Contraloría.
Al respecto, indicó que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 142 del Código General del Proceso, aplicable al caso por remisión de los artículos 297 y 306 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, no es viable formular recusación luego de haber actuado en un proceso en el que el juez recusado haya asumido su conocimiento, y que la oportunidad para formular este tipo de recusaciones está dada hasta antes de actuar en el proceso.
Ahora, frente al argumento según el cual el demandado tuvo conocimiento de los hechos que fundamentan su solicitud luego del fallo del 25 de mayo de 2023 y con ocasión de una noticia publicada en un medio de comunicación, se advierte que ello no revive la oportunidad fijada en la norma para presentar recusaciones dentro de un proceso judicial.
Lo anterior por cuanto la norma no se refiere al momento en que se tiene conocimiento de un hecho en específico, sino que es clara en establecer que el momento para recusar es antes de actuar en el proceso, de lo que se deduce que el legislador quiso limitar dicha oportunidad en garantía de la seguridad jurídica de las actuaciones procesales que no pueden quedar sujetas a recusaciones tardías de las partes según estén o no de acuerdo con lo decidido.
Adicionalmente, advierte que según los documentos aportados por el recusante la renuncia presentada por María Juliana Araújo Oñate a su cargo en la Contraloría General de la República fue aceptada el 11 de octubre del 2022 a partir del 19 de octubre siguiente y la primera actuación de la magistrada Rocío Araújo Oñate en este asunto se produjo el 21 de octubre de ese mismo año, es decir, cuando ya su hermana no laboraba en esa entidad (C.P.: Carlos Enrique Moreno Rubio).
Los recursos de aclaración y la adición presentados ante el caso aún no se han resuelto por parte de la alta corte.
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