Consejo de Estado precisa jurisprudencia sobre minería y consultas populares (10:56 a.m.)
25 de Abril de 2018
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Nota:
61006
El Consejo de Estado dejó sin efectos una sentencia que declaró constitucional la realización de una consulta popular minera en Une (Cundinamarca). Con todo, la Sala determinó que las autoridades locales no pueden convocar consultas de esta naturaleza en sus territorios sin antes haber concertado con las autoridades nacionales el desarrollo de una política minero energética. También precisó que el desarrollo o no de este tipo de actividad económica no puede ser objeto de consulta popular, debido a que la Constitución ordena que solo el legislador es competente para tomar determinaciones relativas a la explotación del subsuelo. Todo esto quiere decir que las autoridades de Une no podían consultarle a sus ciudadanos si estaban de acuerdo o no con extender los plazos de las concesiones mineras, dado que el Código de Minas le permite a los concesionarios solicitar la prórroga del respectivo contrato hasta por 30 años (C. P. Rocío Araújo).
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