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Conozca las nuevas excepciones a la suspensión de términos ampliada

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08 de Mayo de 2020

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Para continuar protegiendo la salud de los servidores y usuarios de la Rama Judicial durante la emergencia de salud pública por la que atravesamos, el Consejo Superior de la Judicatura consideró necesario prorrogar la suspensión de los términos judiciales, desde el próximo lunes 11 y hasta el 24 de mayo del 2020. No obstante, atendiendo a la capacidad institucional en las circunstancias actuales y a la necesidad de proteger la salud de los servidores judiciales, abogados y usuarios de la administración de justicia, se han ido adaptando paulatinamente las condiciones operativas, para ampliar las excepciones a la suspensión de términos a otros procesos y actuaciones, de manera que se puedan desarrollar en forma adecuada y segura. En consecuencia, y  a partir del próximo lunes, se adicionan a los procesos y actuaciones que ya estaban exceptuados los siguientes: las conciliaciones extrajudiciales que estuvieran pendientes de decisión en juzgados y tribunales administrativos al 16 de marzo del 2020, fecha a partir de la cual se inició la suspensión de términos. Así mismo, los medios de control establecidos en la Ley 1437 del 2011 y las acciones del Decreto 01 de 1984, cuando los procesos se encuentren para dictar sentencia, en primera, segunda o única instancia. Encuentre los demás procesos en el documento adjunto a esta nota.      

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