Conozca el protocolo de bioseguridad para hoteles, centros vacacionales y zonas de camping
04 de Agosto de 2020
Con la Resolución 1285 del 2020, el Ministerio de Salud adoptó el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus (covid-19) en los servicios y actividades de alojamiento en hoteles (CIIU 5511); apartahoteles (CIIU 5512); centros vacacionales (CIIU 5513); alojamiento rural (CIIU 5514); otros tipos de alojamiento para visitantes (CIIU 5519); actividades de zonas de camping y parques para vehículos recreacionales (CIIU 5520); servicio por horas (CIIU 5530) y otros tipos de alojamiento N.C.P (CIIU 5590). Entre las actividades que deberán hacer los establecimientos están las labores de desinfección y limpieza de las habitaciones a puerta cerrada, el control en la capacidad de los gimnasios y el uso de habitaciones con ventilación natural. En cuanto al suministro de elementos como secadores de pelo y planchas, se hará solo a solicitud del huésped.
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