Concejos distritales no pueden establecer régimen de inhabilidades e incompatibilidades para alcaldes (8:00 a.m.)
18 de Marzo de 2019
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Nota:
110743
La Corte Constitucional determinó recientemente que los concejos distritales tienen competencia para reglamentar las funciones de los alcaldes locales, mas no para establecer su régimen de inhabilidades e incompatibilidades, puesto que tiene reserva de ley. “Es el Congreso quien debe evaluar y definir el alcance de los hechos, situaciones o actos que pueden dar lugar a la inhabilidad o incompatibilidad, así como su duración y sanciones (Sentencia C-194 de 1995), sujeto a parámetros de proporcionalidad y razonabilidad”, finaliza el pronunciamiento (M. P. Alberto Rojas Ríos).
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