11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Comisión Nacional del Servicio Civil está facultada para administrar la carrera docente (3:34 p.m.)

01 de Junio de 2016

Reproducir
Nota:
107113
La carrera docente es de carácter especial y de origen legal, por lo tanto su vigilancia y administración compete a la Comisión Nacional del Servicio Civil, tal y como lo ha establecido la jurisprudencia de la Corte Constitucional, recordó la Sección Segunda del Consejo de Estado. En ese sentido, advirtió, las únicas carreras excluidas de su administración y vigilancia son las de orden constitucional, conforme a lo previsto en el artículo 130 de la Constitución Política. Según se explicó, la carrera docente, aunque de naturaleza especial, está regulada solamente en la ley, por lo que es dicha entidad la llamada a intervenir y participar activamente en el gobierno de las actividades de ingreso y permanencia de los docentes por el sistema de mérito, indicó (C. P. Gerardo Arenas Monsalve).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)