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Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico elimina aranceles al 92 % de productos
02 de Mayo de 2016
Desde el pasado 1º de mayo, entró en vigor el Protocolo Comercial de Alianza del Pacífico (Chile, México, Perú y Colombia), que deja libre de aranceles, de manera inmediata, el 92 % de los productos que se comercian entre estos cuatro mercados.
Como ocurre en todos los acuerdos comerciales, el Gobierno acaba de expedir el Decreto 713, para la implementación del cronograma de desgravación, el cual debe tener vigencia inmediata para que se puedan otorgar las preferencias arancelarias acordadas a partir de la entrada en vigor del protocolo.
Así, las importaciones de mercancías originarias de los países de la alianza pagarán los aranceles aduaneros resultantes de aplicar las reglas establecidas en la nueva norma. Vale la pena aclarar que el arancel aplicable a las mercancías será aquel contenido en la lista de eliminación arancelaria de Colombia.
Según explicó el Ministerio de Comercio, para el caso de Colombia, un total de 41 productos que no tenían acceso libre a Chile, desde el pasado domingo pueden ingresar sin arancel. Con México eran 413 productos y con la entrada en vigor del protocolo lo podrán hacer libremente.
“De 5.205 subpartidas arancelarias, el 92 % tienen desgravación inmediata desde este domingo. El 8 % restante corresponde a productos que tendrán plazos de desgravación de entre 3 y 17 años”, dijo la ministra de Comercio, Cecilia Álvarez-Correa.
Por su parte, la Dian aclaró cómo se realizará trámite de certificado de origen en el marco del Acuerdo. Indicó que el trámite para la presentación y expedición de estos se deberá realizar manualmente, mientras sale en producción en el aplicativo de origen; para ello se debe diligenciar en todas sus partes la solicitud de certificado origen, el cual debe estar debidamente firmado por el exportador o quien actúe en su nombre.
Con el fin de agilizar la aprobación del mismo, agregó la entidad, es importante registrar el número de la declaración juramentada en la casilla de observaciones y presentar tres ejemplares de este, junto con la factura comercial en la dirección seccional Dian que por logística le favorezca al usuario.
(Ministerio de Comercio, Decreto 713, Abr. 29/16)
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