CNSC está facultada para regular carrera administrativa de contralorías territoriales (10:36 a.m.)
11 de Agosto de 2015
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Nota:
103732
El Consejo de Estado determinó que hasta no ser expedida una regla especial que establezca el funcionamiento dicha estructura en contralorías territoriales, la Comisión Nacional de Servicio Civil (CNSC) estará facultada para actuar en la materia. Lo anterior, dice, porque la propia Sala de Consulta indicó que al no existir una regla especial la carrera administrativa de las contralorías territoriales debe someterse transitoriamente al artículo 3º (parágrafo 2º) de la Ley 909 del 2004, que establece los deberes de la CNSC para seleccionar a funcionarios de carrera de las entidades. Según el artículo 7º, anotó, ese organismo es responsable de la carrera administrativa, excepto las especiales. En conclusión, subrayó, la demandada hizo uso de la atribución legal del artículo 11 (literales a) y c)), al convocar un concurso abierto de méritos para proveer ese tipo de empleos en la Contraloría Departamental de Norte de Santander, lo que impide la suspensión de lo actuado (C. P. Sandra Lisset Ibarra).
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