CNSC determinó el proceso de desempate en la lista de elegibles
29 de Mayo de 2020
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Nota:
116356
Con el propósito de garantizar el mérito en la escogencia de vacante a los elegibles que ocupen la misma posición en condición de empatados en la lista de elegibles, la CNSC determinó el proceso de desempate antes de las audiencias públicas, por tal razón expidió el Acuerdo 0236, de fecha 15 de mayo del 2020. Para todos los efectos, el nuevo acuerdo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial, esto es el 18 de mayo del 2020. Los criterios, en su orden, son: (i) con el aspirante que se encuentre en situación de discapacidad; (ii) quien ostente derechos en carrera administrativa; (iii) aspirante que demuestre la calidad de víctima (artículo 131 de la Ley 1448 del 2011); (iv) quien demuestre haber cumplido con el deber de votar en las elecciones inmediatamente anteriores; (v) quien haya realizado la judicatura en las casas de justicia o los centros de conciliación públicos o como asesores de los conciliadores en equidad; (vi) quien haya obtenido el mayor puntaje en la prueba de competencias funcionales; (vii) quien haya obtenido mayor puntaje en la prueba de valoración de antecedentes; (viii) quien haya obtenido mayor puntaje en la prueba de competencias comportamentales; (ix) la regla referida a los varones que hayan prestado el servicio militar obligatorio, cuando todos los empatados sean varones y (x) finalmente, de mantenerse el empate, este se dirimirá a través de sorteo con la citación de los interesados.
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