CNE solicita a alcaldes información sobre propaganda electoral extemporánea (10:37 a.m.)
29 de Marzo de 2019
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110570
El Consejo Nacional Electoral (CNE) requirió a los alcaldes distritales y municipales para que de manera semanal le reporten la relación de las vallas, avisos, murales, calcomanías u otros elementos constitutivos de propaganda electoral extemporánea que circulen en la respectiva entidad territorial con el fin de que el CNE ejerza su competencia por presunta violación del artículo 24 de la Ley 130 de 1994, subrogado por el artículo 35 de la Ley 1475 del 2011. También les advirtió a los mandatarios, a las empresas de publicidad visual y a los partidos y movimientos políticos que durante el día de elecciones se prohíbe toda clase de propaganda, manifestaciones, comunicados y entrevistas con fines político-electorales a través de radio, prensa y televisión, así como la propaganda móvil, estática o sonora. La propaganda electoral a través de los medios de comunicación únicamente podrá realizarse dentro de los 60 días anteriores a la fecha de la respectiva votación. En el caso de que se realice empleando el espacio público solo podrá ser dentro de los tres meses anteriores. Por último, les recordó a los funcionarios que la omisión de información al consejo da lugar a posibles sanciones disciplinarias por el incumplimiento de los deberes como servidores públicos.
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