IMPORTANTE: Gastos de cobranza de facturas de servicios públicos no se pueden trasladar al usuario
28 de Agosto de 2018
Por regla general, los gastos derivados de las actuaciones prejurídicas o jurídicas que adelante el prestador de servicios públicos domiciliarios para obtener el pago de las facturas, tales como los honorarios de un abogado, deben ser asumidos por él.
No obstante, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, dichos honorarios pueden incluirse en la factura si así quedó establecido en el contrato de condiciones uniformes y el usuario lo autorizó expresamente.
De ser autorizados estos cobros, el valor deberá identificarse en forma independiente al servicio público domiciliario, a fin de que el usuario pueda identificar y diferenciar los valores incluidos en la factura.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 90 de la Ley 142 de 1994, entre los elementos de las fórmulas tarifarias se puede incluir un cargo fijo que cubre costos de clientela, como son administración, facturación, medición y demás servicios necesarios para la disposición del servicio sin solución de continuidad, pero no los costos de recuperación de cartera morosa.
Superservicios, Concepto 491, Jul. 23/18.
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