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General


Acto médico debe juzgarse según las circunstancias que afrontó el profesional de la salud

El error en el diagnóstico solo puede ser endilgado por la imprudencia, impericia, ligereza o descuido de los médicos.
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26 de Julio de 2011

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Para determinar el grado de responsabilidad por la falla en la prestación del servicio médico, debe examinarse la situación particular que el profesional de la salud afrontó en su momento, recordó la Corte Suprema de Justicia.

 

Según el alto tribunal, superadas las dificultades y miradas las cosas retrospectivamente en función de un resultado conocido, siempre parecerá fácil haber actuado correctamente.

 

De esta manera, la Sala Civil negó la responsabilidad de la Clínica de Especialistas Envigado en un diagnóstico equivocado que se le hizo a una persona que sufrió un infarto agudo de miocardio.

 

El demandante alegaba que su función cardiaca había desmejorado considerablemente como consecuencia del tratamiento recibido para un cuadro de hipertensión.

 

Sin embargo, la Corte, con fundamento en pruebas periciales, concluyó que los síntomas y signos que el paciente presentaba no eran indicativos de una afección coronaria.

 

El fallo reitera que el error en el diagnóstico solo puede ser endilgado por la imprudencia, impericia, ligereza o descuido de los médicos.

 

(CSJ, S. Civil, Sent. 05001310300219980086900, jun. 28/11, M. P. Pedro Octavio Munar Cadena)

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