Carlos Bernal se suma a posición de acabar partidas presupuestales para parroquias en Semana Santa (4:28 p.m.)
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12 de Febrero de 2019
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La Corte Constitucional realizó el control de constitucionalidad al artículo 8° de la Ley 1812 del 2016, allí se declara patrimonio cultural inmaterial de la Nación la celebración de la Semana Santa de la Parroquia Santa Gertrudis la Magna de Envigado (Antioquia), por no vulnerar principios fundamentales fue declarado exequible. El magistrado Alberto Rojas Ríos, como es costumbre en esta materia, salvó su voto. Así mimo, su colega Carlos Bernal sostuvo que la medida legislativa examinada no cumplía con los criterios previstos en la jurisprudencia constitucional, esto es, que tenga una justificación secular importante, verificable, consistente y suficiente, “pues lo cierto es que la autorización presupuestal prevista en el artículo acusado se otorgó para promover y preservar una actividad predominantemente religiosa, sin justificación secular alguna” (M. P. José Fernando Reyes).
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