Cámara de Representantes estudiará Estatuto de Ciudadanía Juvenil (2:50 p.m.)
27 de Enero de 2016
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Nota:
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La iniciativa gubernamental que busca reformar la Ley 1622 del 2013 (Estatuto de Ciudadanía Juvenil) eliminaría una de las obligaciones de los consejos de juventud, contenida en el numeral 17 del artículo 34, referida a la convocatoria y reglamentación de las plataformas de juventud municipales distritales y locales. En caso de convertirse en ley de la Republica, los electores deberán adelantar el proceso de inscripción con 180 días de anticipación a las primeras elecciones de los consejos de juventud y en lo sucesivo las demás elecciones contarán con un término de 120 días para adelantar el proceso de convocatoria e inscripción. En cuanto a la determinación de los puntos de votación será responsabilidad tanto de la entidad territorial como de la Registraduría Nacional y deberán garantizarse condiciones de fácil acceso. Sin embargo, uno de los cambios más significativos de la reforma se encuentra en la inscripción de candidaturas, las cuales deberán respetar la autonomía de los partidos y se realizara a través de listas únicas y cerradas ante la Registraduría; así las cosas, el número de candidatos inscritos no podrá superar el número de curules a proveer. Adicionalmente, se establece el número de firmas requerido para la inscripción de candidatos independientes, dependiendo del número de habitantes de la entidad territorial.
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