Autorizan implementación de zonas diferenciales para el transporte público
28 de Mayo de 2020
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Nota:
116379
Con el fin de garantizar las condiciones de accesibilidad y seguridad, promover la formalización del servicio de transporte público y garantizar a los pobladores los servicios de tránsito, el Ministerio de Transporte podrá crear zonas diferenciales para el transporte y el tránsito, que estarán constituidas por un municipio y/o grupos de municipios donde no existan sistemas de transporte cofinanciados por la Nación y no sea posible la normal prestación del servicio público, atendiendo alguna de la siguientes condiciones: (i) la vocación rural y (ii) características económicas y/o geográficas y/o sociales, étnicas u otras propias del territorio. Los alcaldes de los municipios, de manera individual o conjunta, podrán solicitar al ministerio la creación de una zona diferencial en su jurisdicción justificando la solicitud y conforme al procedimiento y condiciones que se establecen en la nueva norma. También se definen las características de los reglamentos operativos transitorios de las zonas y lo referente al trámite para la creación de las mismas.
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