Autorizaciones para movimientos de tierra deben solicitarse ante el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente (10:00 a.m.)
18 de Marzo de 2011
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Nota:
72147
La autorización para el movimiento de tierras, que está generalmente vinculado al desarrollo de un proyecto urbanístico y arquitectónico, como fase preparatoria para la ejecución de estas obras, puede solicitarse ante el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 del Decreto 1469 del 2010, señaló el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en concepto de enero. Con la solicitud de autorización se deben aportar, además de los documentos generales de toda solicitud de licencia urbanística, los estudios de suelos y geotécnicos correspondientes. En ese sentido, indicó la entidad, las corporaciones autónomas regionales también están llamadas a velar por la conservación del suelo y la prevención de fenómenos, mediante la aprobación de proyectos de adecuación o restauración.
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