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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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ATENCIÓN: Ajustan régimen de conflicto de intereses de los congresistas (4:02 p.m.)

20 de Noviembre de 2019

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Nota:
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El Gobierno acaba de sancionar la ley que modifica la Ley 5ª de 1992 (reglamento del Congreso de la República) para delimitar el alcance de los conflictos de interés de los senadores y representantes. Así, todos los congresistas deben declarar los conflictos de interés que pueda surgir en ejercicio de sus funciones. Según la nueva ley, el conflicto de interés se define como la situación donde la discusión o votación de un proyecto de ley o acto legislativo o de un artículo pueda resultar en un beneficio particular, actual y directo a favor del congresista. También se señalan los casos en que se presenta: cuando hay un beneficio particular, un beneficio actual o un beneficio directo de los congresistas. De la misma manera, la norma precisa cuándo no hay conflicto de interés. En cuanto al registro de intereses, será digitalizado, de fácil consulta y acceso, e incluir información como una declaración sumaria de la información que sea susceptible de generar conflictos respecto del cónyuge o compañero permanente y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, sin que sea obligatorio especificar a qué pariente corresponde cada interés. En el archivo adjunto a esta nota puede consultar en detalle la ley.

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