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Así se autorizarán pilotos para restaurantes y servicios religiosos en municipios no covid-19 o con baja afectación

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26 de Junio de 2020

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El Gobierno expidió el Decreto 878 para ampliar el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 15 de julio y modificar algunos apartes del Decreto 847. La norma modifica el parágrafo 3 del artículo 2 del Decreto 847, para que los alcaldes de municipios y distritos, en coordinación con el Ministerio del Interior, autoricen la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales que presten el servicio de comida, para brindar atención al público en el sitio (de manera presencial o a la mesa), siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud. Entre tanto, en el parágrafo 4, la iniciativa establece que los servicios religiosos que puedan implicar reunión de personas se podrán permitir siempre y cuando medie autorización de los alcaldes, en coordinación con el Ministerio del Interior, y se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad para esta actividad.

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