Así modificaría la Creg el nuevo esquema de comercialización del mercado mayorista de gas (11:24 a.m.)
105390
16 de Febrero de 2016
Escucha esta noticia audio generado con IA
Los distribuidores-comercializadores o comercializadores que tienen contratada capacidad de transporte deberán permitir el uso de esa capacidad a los usuarios no regulados que ya estaban atendiendo con la misma. Estos usuarios corresponderían a aquellos que estén embebidos en el sistema de distribución del respectivo distribuidor-comercializador o a aquellos conectados directamente a un sistema de transporte de gas, así lo plantea la Creg en un proyecto de norma sometido a consulta. La obligación sería hasta la terminación del contrato de transporte. Como contraprestación por las gestiones, los usuarios no regulados que hagan uso de esta capacidad pagarían el 1,67 % sobre el valor resultante de aplicar, a la capacidad de transporte y al volumen transportado, los cargos fijos y variables que remuneran la inversión y el cargo fijo que remunera los gastos de administración, operación y mantenimiento de los respectivos tramos de gasoductos, y que hayan sido pactados entre en distribuidor-comercializador y el vendedor de la capacidad de transporte. Las observaciones deberán dirigirse al Director Ejecutivo de la comisión, al correo creg@creg.gov.co o a la sede de la entidad en Bogotá, hasta el 11 de marzo de este año.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!