Anulan decreto que autorizó destinar los excedentes patronales para financiar servicios de salud del régimen subsidiado (11:06 a.m.)
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01 de Marzo de 2011
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La Sala Plena del Consejo de Estado declaró la nulidad del Decreto 1163 del 2010, reglamentario del Decreto Legislativo 073 del 2010, que estableció la entrega de excedentes patronales del situado fiscal y de las transferencias territoriales para financiar la salud. Según la sala, la norma menoscaba los derechos sociales de los trabajadores del sector salud de las entidades territoriales y sus entes descentralizados, pues, por ley orgánica (Ley 715 del 2001), dichos excedentes están destinados a pagar obligaciones de las entidades en mora por cesantías, pensiones, salud y riesgos profesionales del régimen contributivo. El alto tribunal explicó que en la norma revisada se autorizaba a las administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral (AFP, EPS y ARP) a devolverlos a un patrimonio autónomo constituido por el Ministerio de la Protección Social para pagar obligaciones pendientes del régimen subsidiado con las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), por la prestación de servicios a la población pobre no trabajadora, desconociendo el destino específico de los recursos.
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