15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Amplían penalización de conductas que promuevan el dopaje

18 de Febrero de 2021

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Nota:
118835
El Gobierno acaba de sancionar la ley que modifica el artículo 380 del Código Penal (Ley 599 del 2000), ampliando así el margen de penalización para la persona que suministre o administre a un deportista profesional o aficionado alguna sustancia o método prohibido en el deporte o lo induzca al consumo. Según la norma, los autores de las conductas relacionadas con el dopaje incurrirán en prisión de 24 a 72 meses y en una multa de 66 a 750 salarios mínimos mensuales. La pena se aumentará hasta en la mitad cuando: (i) la conducta recaiga sobre un menor de edad; (ii) se realice mediante engaño o coacción y (iii) el responsable tenga cualquier carácter, posición o cargo que le dé particular autoridad o poder sobre la víctima. A las sanciones previstas en el artículo 379 quedará sujeto el profesional o practicante de medicina, odontología, enfermería, farmacia o personal de apoyo del atleta que, en ejercicio de ellas, realizare las conductas previstas en este artículo, indica la ley.Noticia generada en Feb. 18/21Información relacionada:Iniciativa que incrementa penas a quienes induzcan a deportistas al dopaje, aprobada en primer debate (Dic. 10/19)

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