Superación de términos de licencia ambiental obliga a suspender actividades: Sección Primera (9:26 a.m.)
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10 de Mayo de 2019
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Al resolver una acción popular, la Sección Primera del Consejo de Estado declaró que se vulneraron los derechos colectivos a un ambiente sano, equilibrio ecológico y manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales por el vencimiento de los términos otorgados en una licencia ambiental del proyecto de construcción de una subestación eléctrica compuesta por 40 torres en Quindío y 43 en Risaralda, algunas de las cuales se encuentran en distritos de conservación de suelos. La Sala indicó que la empresa a cargo del proyecto (Empresa de Energía de Bogotá) tiene la obligación de modificar la licencia ambiental, en aras de atender las recomendaciones de la autoridad. Sin embargo, no se constató una amenaza al paisaje cultural cafetero. Consulte en este fallo el alcance del principio de precaución en materia ambiental (C. P. Oswaldo Giraldo López).
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