Seguro de accidentes y rescate, requisito de ingreso al sistema de parques nacionales (8:40 a.m.)
15 de Marzo de 2018
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Nota:
60108
El Gobierno estableció como requisito obligatorio para el ingreso a las áreas del Sistema de Parques Nacionales de Colombia con vocación ecoturística la adquisición y presentación de una póliza de seguro de accidentes y rescate para aquellos visitantes que ingresen con finalidades de recreación, contacto con la naturaleza, descanso y/o educación asociados al ecoturismo. La obligatoriedad del seguro estará condicionada a la oferta que del mismo exista en el mercado por parte de una o varias empresas aseguradoras; es decir, si para un área determinada no existen aseguradoras que lo ofrezcan, no será exigible hasta tanto no exista la oferta. Una vez publicada la resolución, se adoptará por el área protegida y la Dirección Territorial correspondiente tendrá una etapa de aprestamiento para la implementación y exigibilidad de mínimo 20 días calendario. El documento será exigible para las siguientes áreas protegidas: Chingaza, Los Nevados, Iguaque y Tayrona. Para las demás áreas su implementación se realizará progresivamente, una vez se tengan los estudios técnicos sobre accidentalidad, manejo preventivo del riesgo y capacitación para su adecuada atención por parte de la Subdirección de Gestión y Manejo de Áreas Protegidas y la Oficina de Gestión del Riesgo, así como los estudios y análisis realizados por las empresas aseguradoras y será adoptado mediante acto administrativo que así lo determine.
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