Reglamentan uso del Sello minero ambiental colombiano (7:39 a.m.)
28 de Noviembre de 2018
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Nota:
108495
Según el artículo 12 de la Ley 1658 del 2013, y las órdenes impartidas por jurisdicción de lo contencioso administrativo, el Ministerio de Ambiente reglamentó el Sello minero ambiental colombiano para la promoción del producto obtenido (oro, plata, platino) de la explotación y/o beneficio de metales preciosos que minimicen los efectos adversos sobre el ambiente, en comparación con otros productos de la misma categoría, contribuyendo así a un uso eficiente de los recursos naturales renovables, a la protección de la salud y del medio ambiente. Lo anterior teniendo en consideración que mediante el sello se busca crear una herramienta informativa y comercial para diferenciar las actividades de explotación y/o beneficio de metales preciosos que comparativamente presenten un mejor desempeño ambiental; incentivar el crecimiento en el mercado nacional de este tipo de metales preciosos; promover entre los mineros el desarrollo de procesos, técnicas y tecnologías limpias que sean sostenibles, entre otros.
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