Minambiente amplía fecha para implementación total del salvoconducto único nacional en línea (3:55 p.m.)
09 de Febrero de 2018
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Nota:
59468
Ante múltiples solicitudes, el Ministerio de Ambiente amplió el periodo de transición establecido en el artículo 21 de la Resolución 1909 del 2017, con el objeto de no perjudicar las actividades económicas de los usuarios que adelantan sus procesos para obtener el Salvoconducto Único Nacional en Línea (SUNL), en cada una de las jurisdicciones, cumpliendo con la normativa legal vigente en la materia, para la movilización legal de especímenes de la diversidad biológica en el país. Así mismo, consideró pertinente aclarar el ámbito de aplicación, consagrado en el artículo 2°, las excepciones del artículo 3°, los tipos y unidades de medida de productos de fauna silvestre y recurso hidrobiológico del anexo 1. Así las cosas, las autoridades ambientales competentes podrán continuar expidiendo salvoconductos de conformidad con las resoluciones 438 del 2001 y 619 del 2002, por tres meses contados a partir del vencimiento de la fecha de transición establecida en la Resolución 1909. Una vez vencido el término, las autoridades deberán entregar oficialmente al ministerio los ejemplares impresos de los SUN no utilizados y un informe sobre el uso de la numeración de las series utilizados en el 2017 hasta la fecha de implementación del SUNL.
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