Medidas que deben tomar los municipios frente al registro de agua no apta para el consumo humano (3:03 p.m.)
07 de Junio de 2019
Reproducir
Nota:
111462
De acuerdo con lo previsto en la Resolución 2115 del 2007, las empresas de servicios públicos o los municipios deben tomar medidas que permitan subsanar el registro de muestras de agua no apta para el consumo humano. En este evento, indicó el Ministerio de Salud, la gestión directa dependerá de los resultados obtenidos en la vigilancia sanitaria realizada a la calidad del agua, es decir, si el incumplimiento es físico, químico o microbiológico y, en ese sentido, si es necesario algún ajuste del proceso de tratamiento, desinfección o distribución. Cuando el incumplimiento es reiterado y se identifica alguna falla estructural en el sistema de abastecimiento, las empresas o los municipios deben garantizar las inversiones en infraestructura necesarias para cumplir los estándares de calidad establecidos en la regulación vigente.
Opina, Comenta