En seis meses, Minambiente deberá regular vertimientos al suelo (9:14 a.m.)
25 de Agosto de 2015
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Nota:
103495
La Sección Quinta del Consejo de Estado le otorgó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Minambiente) un plazo máximo de seis meses para cumplir con lo establecido en el artículo 1° del Decreto 4728 del 2010, disposición en la que el Gobierno ordenó culminar con el proceso de establecer las normas sobre vertimientos al suelo y aguas marinas. Según el alto tribunal, han transcurrido más de cuatro años desde la publicación del Decreto 4728 sin que el Minambiente haya dado cumplimiento los 36 meses otorgados por el inciso final del artículo 1º de dicha norma, por lo que, a su juicio, es indudable que existe mora en la que configura una obligación imperativa e inobjetable y, por tanto, de obligatorio acatamiento. Así las cosas, la corporación encontró que la pretensión de la acción de cumplimiento interpuesta por la Procuraduría Judicial Ambiental y Agraria resultaba procedente, en tanto la existencia del vacío legal frente a los límites máximos permisibles de los vertimientos a las aguas superficiales, marinas, a los sistemas de alcantarillado público y al suelo perjudica la protección ambiental (C.P. Alberto Yepes Barreiro).
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