En firme eliminación de exigencia del registro mercantil a productores pesqueros (1:30 p.m.)
26 de Junio de 2018
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Nota:
108320
"Tras el análisis conjunto con diferentes entidades del Gobierno sobre los requisitos exigidos por la Autoridad Nacional Acuícola y Pesquera (Aunap) para los trámites que deben realizar los productores de pescados frente a los permisos y patentes relacionados con el ejercicio de esta actividad, la entidad determinó eliminar la exigencia de registro mercantil a las personas naturales que se dediquen únicamente a la producción pesquera. De acuerdo con la Resolución 1365 del 2018, se introduce una modificación al artículo 2º de la Resolución 0601 del 2012, donde queda establecida esta directriz, basada en el argumento de que el registro se exige a aquellas personas naturales que se dediquen a la comercialización de los productos de la pesca en el mercado nacional. ""Si el solicitante fuere persona natural no comerciante no deberá presentar el registro mercantil, sino el Registro Único Tributario - RUT."", señala el texto de la nueva normativa. Esta determinación también se basó en uno de los conceptos del Código de Comercio que contempla que la producción de carne de pescado por parte de personas naturales se califica como una actividad comercial y, al mismo tiempo, ""está contemplada en la excepción de actividades mercantiles"". "
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