Decretos reglamentarios únicosDiagnóstico ambiental de alternativas no es exigible en proyectos con fuente de energía solar (10:19 a.m.)
02 de Enero de 2019
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Nota:
111166
En cuanto a la exigibilidad del diagnóstico ambiental de alternativas (DAA) para los interesados en proyectos de exploración y uso de fuentes de energía alternativa virtualmente contaminantes con capacidad instalada superior a 10 megavatios (MW), el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante Decreto 2462 del pasado 28 de diciembre, excluyó a aquellos que provienen de fuentes de energía solar, eólica, geotermia y mareomotriz, teniendo en cuenta sus particularidades de localización y que no es posible cambiarlos de un lugar a otro, dado que el sitio específico de desarrollo cumple con los requerimientos técnicos de operación.
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