Colombia protegerá por 10 años información para el registro de agroquímicos (4:25 p.m.)
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17 de Abril de 2012
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Cuando se expida el registro de un plaguicida químico de uso agrícola que contenga una nueva entidad química, un tercero no podrá obtener registro para el mismo producto o uno similar con base en información contenida y no divulgada en los protocolos de prueba de la solicitud inicial. Dicha información será protegida por 10 años, contados a partir de la expedición del registro. Así lo dispuso el Gobierno, al modificar el Decreto 502 del 2003, que establecía en cinco años dicho término. Como nueva entidad química se entiende el ingrediente activo de un agroquímico que no ha sido previamente registrado en el país, precisa el Decreto 727 del pasado 13 de abril, que armoniza la regulación interna con acuerdos internacionales suscritos por Colombia.
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