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Al renovar el pasaporte se podrá contratar seguro de repatriación de cuerpos

Se creó un mecanismo para cubrir trámites y servicios de cobertura exequial para los nacionales fallecidos fuera del país.
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DAFP recuerda el trámite para pagar acreencias laborales a los herederos del empleado público que fallece (Freepik)

03 de Enero de 2022

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La Ley 2171, del 29 de diciembre del 2021, crea mecanismos que permitirán cubrir los gastos por repatriación de cuerpos y servicios exequiales de colombianos fallecidos en el exterior.

Los beneficiarios serán quienes acepten el seguro al momento en que se les expida o renueve el pasaporte.

Para el caso de menores de 18 años se actuará por intermedio del representante legal; para personas mayores de edad con discapacidad, el consentimiento se otorgará por el titular del acto garantizando el acceso al apoyo formal designado, conforme a lo establecido en la Ley 1996 del 2019.

El costo del mecanismo establecido será causado y pagado en una única oportunidad, al momento de la expedición o renovación del pasaporte, y tendrá la misma vigencia.

Finalmente, si el ciudadano decide no adquirir el seguro, pagará exclusivamente la tarifa fijada como costo del pasaporte.

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