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04 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 12 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Al renovar el pasaporte se podrá contratar seguro de repatriación de cuerpos

03 de Enero de 2022

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Nota:
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DAFP recuerda el trámite para pagar acreencias laborales a los herederos del empleado público que fallece (Freepik)

La Ley 2171, del 29 de diciembre del 2021, crea mecanismos que permitirán cubrir los gastos por repatriación de cuerpos y servicios exequiales de colombianos fallecidos en el exterior.

Los beneficiarios serán quienes acepten el seguro al momento en que se les expida o renueve el pasaporte.

Para el caso de menores de 18 años se actuará por intermedio del representante legal; para personas mayores de edad con discapacidad, el consentimiento se otorgará por el titular del acto garantizando el acceso al apoyo formal designado, conforme a lo establecido en la Ley 1996 del 2019.

El costo del mecanismo establecido será causado y pagado en una única oportunidad, al momento de la expedición o renovación del pasaporte, y tendrá la misma vigencia.

Finalmente, si el ciudadano decide no adquirir el seguro, pagará exclusivamente la tarifa fijada como costo del pasaporte.

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