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Afiliados a empresas de transporte público pueden ser desvinculados, si no realizan mantenimiento preventivo (2:38 p.m.)

90016

25 de Julio de 2013

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El mantenimiento preventivo a que se refiere la Resolución 315 del 2013, por la cual se toman medidas para garantizar la seguridad en el transporte público terrestre, se debe realizar cada dos meses en centros especializados seleccionados por la empresa de transporte, con el fin de anticipar los fallos o desperfectos que se puedan presentar en el buen funcionamiento de la flota, señaló el Ministerio de Transporte. Si los propietarios se niegan a realizar dicho mantenimiento, la empresa puede solicitar su desvinculación administrativa a la autoridad de transporte competente, invocando el hecho como causal, conforme al Decreto 172 del 2001.

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