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General


“Toda acción de disconformidad se debe tramitar por los cauces legales”: ILP, sobre destitución de Petro

El discurso político y la arenga incendiaria incitan al enfrentamiento y a la violencia, y poco o nada contribuyen al fortalecimiento de las instituciones democráticas.
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10 de Diciembre de 2013

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El Instituto Libertad Y Progreso (ILP), en relación con la información de la Procuraduría General de la Nación del 9 de diciembre del 2013, relativa a la sanción de destitución e inhabilidad al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, manifiesta:

 

Se trata de una decisión en ejercicio del control disciplinario al que están sometidos los servidores públicos en el Estado de Derecho, en guarda del principio básico y clásico de defensa del sistema democrático que sanciona el ejercicio ilegítimo del poder.

 

La Constitución atribuye a la Procuraduría la facultad de desvincular del cargo a los funcionarios públicos, previo ejercicio de los derechos de audiencia y defensa.

 

Contra las decisiones de la Procuraduría proceden los recursos previstos en la ley y se pueden demandar por nulidad y solicitar el restablecimiento del derecho, ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

 

Corresponde al alcalde Gustavo Petro interponer los recursos de ley y ejercer las acciones judiciales que considere pertinentes.

 

Cualquier fuerza política que obtenga mayoría electoral tiene derecho a ejercer el cargo público que corresponda, pero no se puede sustraer de los controles y juicios de responsabilidades que impone el Estado de Derecho. Toda acción de disconformidad se debe tramitar por los cauces legales.

 

Descalificar los controles es una forma de socavar el imperio de la Ley.

 

El discurso político y la arenga incendiaria incitan al enfrentamiento y a la violencia, y poco o nada contribuyen al fortalecimiento de las instituciones democráticas, sin perjuicio del ejercicio de las libertades de opinión y manifestación.

 

La paz, la libertad y el progreso democráticos se logran mediante el respeto a las autoridades y a los procedimientos legales; acudir a acciones políticas cuando se trata de asuntos jurídicos puede constituir un error de imprevisibles consecuencias y responsabilidades.

 

Bogotá, 10 de diciembre de 2013.

 

Juan Manuel Charry Urueña

Presidente del ILP

 

Tito Livio Caldas Gutierrez

Francisco Reyes Villamizar

Antonio Jose Núñez

Andres Mejía Vergnaud

Juan Martín Fierro Vásquez

Miembros del Consejo Directivo del ILP

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