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General


Reglamentan la realización de la judicatura en la DIAN

La judicatura se ejercerá en la jornada laboral legal por un término no inferior a nueve meses y no tendrá ninguna repercusión laboral, civil o comercial con la entidad.
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13 de Julio de 2011

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Con el fin de dar cumplimiento a la Ley 1322 del 2009, que autorizó a los estudiantes de Derecho a realizar su práctica de judicatura en entidades de la Rama Ejecutiva, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reglamentó la prestación de este servicio.

 

La Resolución expedida por la entidad reglamenta varios aspectos: delega las funciones de designación y posesión de los judicantes, establece el procedimiento de selección de los estudiantes, regula el proceso de certificación de la práctica jurídica y consagra una serie de obligaciones para la entidad y los practicantes.

 

Como ya lo había señalado la Ley 1322, la Resolución 6358 recordó que la judicatura será de dedicación exclusiva, se ejercerá en la jornada laboral legal por un término no inferior a nueve meses y no tendrá ninguna repercusión laboral, civil o comercial con la DIAN.

 

(DIAN, Res. 6358, jun. 8/11)

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